jueves, 24 de febrero de 2011

FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EVALUACIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO


Materia: Evaluación de los Aprendizajes.
Facilitador: Prof. Xiomara Hernández
Realizado por: Ana Marisela Rodrigues.
INTRODUCCIÓN
Es importante, antes de abordar cualquier contenido de evaluación, distinguir algunos conceptos fundamentales, tales como evaluación, calificación y medida.
El concepto de evaluación es el más amplio de los tres, aunque no se identifica con ellos. Se puede decir que es una actividad inherente a toda actividad humana intencional, por lo que debe ser sistemática, y que su objetivo es determinar el valor de algo (Popham, 1990).
El término calificación está referido exclusivamente a la valoración de la conducta de los alumnos (calificación escolar). Calificar, por tanto, es una actividad más restringida que evaluar. La calificación será la expresión cualitativa (apto/no apto) o cuantitativa (10, 9, 8, etc) del juicio de valor que emitimos sobre la actividad y logros del alumno. En este juicio de valor se suele querer expresar el grado de suficiencia o insuficiencia, conocimientos, destrezas y habilidades del alumno, como resultado de algún tipo de prueba, actividad, examen o proceso.
Se evalúa siempre para tomar decisiones. No basta con recoger información sobre los resultados del proceso educativo y emitir únicamente un tipo de calificación, si no se toma alguna decisión, no existe una auténtica evaluación.
Así pues, la evaluación es una actividad o proceso sistemático de identificación, recogida o tratamiento de datos sobre elementos o hechos educativos, con el objetivo de valorarlos primero y, sobre dicha valoración, tomar decisiones (García Ramos, 1989). Es así que, la Evaluación es el principal instrumento del educador para tomar decisiones curriculares, ya que suministra información, tanto de la marcha general del proyecto educativo institucional-comunitario, como del desempeño del maestro y del proceso de desarrollo y aprendizaje de cada niño.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL  
El procedimiento legal para la evaluación del sistema educativo en Venezuela se sustenta en los articulo 44 y 45  de la Ley Orgánica de educación (LOE) aprobada por la asamblea nacional el 13 de Agosto de 2009 y publicada en gaceta oficial numero 5.929 de fecha 15 de agosto de 2009, en el primero se detalla el proceso de evaluación del alumno la cual describe que deberá ser democrático, participativo, continuo, integral, cooperativo, sistemático, cuali-cuantitativo, diagnóstico, flexible, formativo y acumulativo, en tanto el articulo 45 regula el proceso de evaluación de las instituciones y el respectivo ente que las realizara, pero encontramos que es el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación en el Título III que se refiere al  Régimen Educativo el cual dedica 36 artículos y a su vez está dividido en siete secciones
LA SECCIÓN PRIMERA, está conformada por los artículos 87, 88, 89, 90, y 91, en esta sección  se establecen las disposiciones generales del título y constituye las directrices acerca del proceso de la evaluación, también describe los tipos de evaluación además de los modos y procedimientos que sera  necesario durante este proceso, además determina como, que y a quienes se podrá evaluar en una institución
 LA SECCIÓN SEGUNDA está dedicada a los Tipos, las Formas  las Estrategias, de los Órganos del Proceso de Evaluación y de las Formas de Participación, , está conformada por siete (7) artículos, el 92, 93, 94, 95, 96, 97 y 98,  divididos en tres (3) parágrafos, podemos encontrar en esta sección que se definen los tipos de la evaluación, se definen los tres tipos de evaluación con los cuales se podrá medir el desempeño del alumno, dicta los cinco tipos de las evaluaciones y los usos que se darán a cada uno de ellos, además encontramos quienes cuales serán los órganos involucrados en el proceso y la forma de participar, además de los tres actores que intervienen durante el proceso
LA SESIÓN TERCERA la conforman los artículos 98, 99, 100, 101, 102, 103 y el 104 para un total de siete y establece el Proceso de Evaluación en los Niveles de Educación Preescolar Básica, Media Diversificada y Profesional en esta sección se define claramente la diferencia en el tipo de evaluación en  cada uno d los niveles de estudio además de tomar en cuenta el tipo de evaluación a los alumnos que presentan discapacidad para el desarrollo de actividades físicos o problemas psiquiátricos
LA SECCIÓN CUARTA la compone solo el articulo 105 y en él se determina el Proceso de Evaluación en las Modalidades del Sistema Educativo, en este articulo se definen una serie de aéreas pero no se determinan las formas de evaluar a los estudiantes ya que queda a disposición del Ministerio de Educación dictar las formas y las normas para la aplicación de la evaluación
LA SECCIÓN QUINTA está compuesta por 13 artículos que son el 106,107,108, 109, 110, 111, 112,113,114,115,116,117, y 118 que a su vez está dividido en dos parágrafos la sección esta dedicada al  Rendimiento Estudiantil el parágrafo primero establece las disposiciones generales, en este primer parágrafo se establece que es el rendimiento estudiantil, el puntaje mínimo para la aprobación de las materias, los lapsos que conforman el año escolar y la composición de las notas el parágrafo segundo establece lo relacionado a la Promoción, de la Revisión y de los Repitientes, se establece cual es la nota mínima para la promoción de los estudiantes se determina el proceso de revisión en cada caso y las condiciones que hacen que un alumno pierda el año
En la SECCION SEXTA se establece el procedimiento que se tendrá que seguir para  la Nulidad y Reconsideraciones de las Pruebas está conformada por los artículos 119, 120 y 121, es importante destacar que aun cuando en este reglamento se define que los alumnos tienen derecho a que se reconsideren las notas obtenidas en las pruebas, el Ministerio de Educación no ha dictado la resolución que establezca las normas y procedimientos que erguirán para la nulidad y reconsideración de las pruebas
LA SECCIÓN SÉPTIMA está compuesta por los artículos 122 y 123 se refiere a  los Controles de Evaluación en estos artículos se establece que será responsabilidad del Ministerio de Educación la elaboración y el diseño de los instrumentos para la recolección de las notas del estudiante
CONCLUSIÓN
Con la realización del presente trabajo determinamos que el proceso de la FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EVALUACIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO nos permite reconocer las diferentes formas y los procedimientos que en un futuro tendremos que aprender a aplicar y desarrollar con nuestros educandos
Es importante destacar que el proceso de evaluación está claramente establecido en la ley orgánica de educación pero es en reglamento de esta ley que podemos encontrar todo el proceso de la evaluación 

Los Teques, Febrero, 2011

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